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Fecha de publicación: Martes, 24 de Julio de 2018 Hora: 08:25:48

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Luego que el presidente del Concejo Distrital Wilson Toncel Ochoa, diera en solitario explicaciones sobre la elección del Contralor Distrital, aclarando que el proceso va a continuar, porque cumple con toda la normatividad legal del caso, nuevamente la Corporación Cívica Ciudadana Control Visible, arremetió de nuevo con argumentaciones jurídicas que ponen a dudar.


Aduce “Control Visible” que en ejercicio de la acción constitucional estatuida en el Art.

87 de la Constitución Política, desarrollada por la ley 393 de 1997, respetuosamente acude a la presidencia del Concejo para solicitarle se cumplan las normas constitucionales que según la veeduría se están violando, razón por la cual el día anterior presentó una acción de cumplimiento.


Según “Control visible”, la convocatoria y proceso de elección incumple lo consagrado en el Artículo 12 de la Ley 87 de 1993, el cual establece claramente, “En ningún caso, podrá el asesor, coordinador, auditor interno o quien haga sus veces, participar en los procedimientos administrativos de la Entidad a través de autorizaciones y refrendaciones”.


Y agrega que como se puede establecer, el “Acta de reunión designada para la revisión de requisitos mínimos dentro de la convocatoria pública de Contralor del Distrito de Cartagena de Indias” de fecha 27 de junio de 2018, es suscrita por el NAGIB CHALAVE GONZALEZ, en su condición de Jefe de Oficina Asesora de Control Interno, no obstante a su clara prohibición.


La Resolución No.

089 del 12 de junio de 2018, “Por la cual se le da cumplimiento a un fallo judicial y se realiza la convocatoria pública abierta para el proceso de selección y elección del Contralor Distrital de Cartagena de indias, por el resto del periodo institucional 2016-2019”, no solo es ilegal sino inexistente, pues sólo la suscribe el señor presidente de la Corporación WILSON TONCEL OCHOA, quien por sí solo no conforma la Mesa Directiva, ya que para que sea legal debe ser suscrita por el primero y segundo vicepresidente.


El anterior argumento tiene fundamento en el Art.

28 de la Ley 136 de 1994, al establecer “La Mesa Directiva de los Concejos se compondrá de un Presidente y dos Vicepresidentes, elegidos separadamente para un periodo de un año”.


Para probar lo anteriormente expuesto la Corporación Control Visible, le adjuntó a su carta dirigida al presidente del Concejo, copia de la Resolución ya citada, donde es claro que solo la suscribe el señor Presidente porque el Primer Vicepresidente JAVIER WADI CURI OSORIO se declaró impedido, y el señor RODRIGO REYES PEREIRA no aparece en el referido acto administrativo porque no había tomado posesión de su cargo, tal como queda probado en el Formato Acta de Reunión o Visita en Sitio REG- PR-00-009 de fecha 29 de junio de 2018 de la Procuraduría Regional Bolívar”.


Teniendo en cuenta los antecedentes y los resultados alrededor de la elección de Contralora y Personero por el actual Concejo Distrital, las expectativas son muy grandes, con el rumor de que se ha calentado demasiado la situación, y que sería un verdadero suicidio dar un salto al vacío, continuando con el proceso de elección tal como viene.


Por todo lo anterior el presidente ejecutivo de Control visible Jair Eduardo Valeta le solicitó al presidente del Concejo Wilson Toncel, ampararse en una medida cautelar, para suspender definitivamente el pr0oceso de elección de un nuevo Contralor Distrital para concluir el periodo 2016-2019.


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