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Fecha de publicación: Lunes, 10 de Febrero de 2020 Hora: 08:54:52

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Los 80 comparendos a vendedores ambulantes anunciados con bombos y platillos por la Policía Metropolitana en un comunicado reciente, resultaron totalmente inocuos, y no pasan de un susto o una molestia a los mismos vendedores, ya que se realizaron violando el debido proceso, y sin seguir los pasos legales establecidos para tales casos en esta actividad de la economía informal, lo cual da para que dichos comparendos sean levantados por el Inspector de Policía.

La Policía Metropolitana de Cartagena anunció en un comunicado que viene adelantando operativos de recuperación de espacio público, en plazoletas y parques del Centro Histórico de la ciudad, especialmente en el barrio Getsemaní, en inmediaciones de la Plaza de la Trinidad, donde vendedores ambulantes y estacionarios generaban comportamientos contrarios a la convivencia., pero muy a pesar que el Código Nacional de Policía le transfirió esas funciones al cuerpo policial, la mayoría de los operativos se hacen sin el llego de los requisitos legales, que son:

PASO 1: Llegar a los sitios identificando a los infractores, mediante un acta de compromiso firmada por cada vendedor, se les explica cuáles son las normas que están infringiendo, y se les conmina a no continuar con dicha actividad.

PASO 2: Realizar una nueva visita con una segunda acta de compromiso, un llamado de atención y un comparendo pedagógico optativo individualizando a cada vendedor.

PASO 3: realizar una tercera visita mediante la aplicación de un comparendo efectivo por reincidencia en dicha actividad, con remoción del sitio.

PASO 4: imposición de un nuevo comparendo efectivo y un acta de retención de las mercancías en venta, con la posibilidad de que el vendedor infractor en un lapso de tiempo de 15 días a un mes y cancelando un monto mínimo de 60 mil pesos por concepto de bodegaje de mercancía por metro cuadrado ocupado en la bodega, le sea devuelta su mercancía independiente al valor del comparendo.

PASO 5: Al tercer comparendo que la Policía le imponga al vendedor, por su reincidencia, el Inspector de Policía, ordenará la incautación total y absoluta de la mercancía, sin derecho a ningún recurso legal.

Todos los pasos anteriores son susceptibles de la legalidad de las mercancías, y que estén amparadas por sus respectivas facturas, exceptuando mercancías robadas, y de prohibida comercialización.

Sin el cumplimiento de todos estos pasos legales contemplados en las normas vigentes, es solo un procedimiento para gastar papel y agotar las libretas de comparendos.

 

 

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