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Fecha de publicación: Martes, 16 de Julio de 2019 Hora: 09:21:50

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La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Jurisdicción Especial para la Paz  JEP  rechazar el acceso a ese sistema de justicia transicional del exsenador Álvaro García Romero, más conocido en el ámbito político como “EL GORDO GARCIA”, condenado a 40 años de prisión por los delitos de concierto para delinquir agravado, homicidio múltiple y peculado.

En concepto enviado a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, el Ministerio Público señaló que las conductas por las que fue condenado Álvaro García fueron cometidas en su calidad de fundador y miembro del Bloque Héroes de Montes de María, de las denominadas Autodefensas Unidas de Colombia AUC, y los miembros de los grupos paramilitares no son sujetos de competencia de la JEP.

Agregó el órgano de control que la condición de excongresista no es un requisito absoluto para permitir su ingreso, e indicó que su participación en las masacre de Macayepo y Chengue, en jurisdicción de Carmen de Bolívar (14 de octubre de 2000) ocurrió mientras era miembro activo de las AUC y no como un tercero civil.

La Procuraduría recordó en su concepto que los terceros civiles que colaboraron o financiaron grupos armados no pueden recibir beneficios en la JEP, si actuaron en calidad de miembros orgánicos de las AUC, como es el caso del excongresista Álvaro García.

El Ministerio Público precisó que este no es un caso de un político que tuvo nexos con grupos armados paramilitares, sino el de un paramilitar que incursionó en la política.

Finalmente, la Procuraduría señaló que en este caso el compromiso del exsenador García con la verdad ha sido muy pobre, ya que no anuncia hechos nuevos ni promete aportar verdad sobre circunstancias que no han sido conocidas por la justicia ordinaria.

 

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