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Fecha de publicación: Martes, 05 de Enero de 2021 Hora: 08:13:14

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Con la expedición del Decreto 0010 de enero 5 de 2021, comenzó a regir desde ayer y cada trimestre, la medida de restricción para vehículos particulares, diferentes a motocicletas y afines en Cartagena, desde el próximo martes 5 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de este mismo año.

 

La nueva rotación de los dos dígitos establecidos en el pico y placa para vehículos particulares, aplicará de lunes a viernes con excepción de los días feriados, en el horario comprendido entre las 07:00 AM y 10:00 AM y de 5:00 PM a 8:00 PM

 

Para el director del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT, Janer Galván: “La medida que restringe la circulación de los vehículos particulares en el año 2021, mantiene el propósito de asegurar un mejor ordenamiento del tráfico y una movilidad más ágil y eficiente en la ciudad, en la que se cumplan además los protocolos de bioseguridad establecidos para el sector transporte en el manejo y contención de los contagios provocados por la pandemia del coronavirus;  Recordamos a los conductores, que sigue prohibido el tránsito de vehículos particulares en las vías restringidas establecidas en el Decreto”.

 

PICO Y PLACA HASTA EL 5 DE ABRIL

 

LUNES 5-6

MARTES 7-8

MIÉRCOLES 9-0

JUEVES 1-2

VIERNES 3-4

 

 

PARA LAS MOTOS TAMBIEN

 

La Alcaldía Mayor de Cartagena, estableció la restricción de circulación de vehículos tipo motocicleta de cualquier modalidad y cilindraje, incluyendo las cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas de pedaleo asistido con motor en Cartagena.

 

El presente Decreto restringe la circulación de los mencionados vehículos, en todo el territorio del Distrito de Cartagena de Indias, desde el 06 de enero de 2021, hasta el 31 de diciembre de 2021, de lunes a viernes con excepción de los días festivos, en el horario comprendido entre las 05:00 AM y las 11:00 PM

 

La implementación de la medida de pico y placa, operará así:

 

•        Los días pares solo podrán circular motocicletas cuyas placas terminen en números pares, incluyendo el cero (0).

•        Los días impares solo podrán circular motocicletas cuyas placas terminen en números impares.

 

DÍA SIN MOTO

 

Queda restringido en todo el Distrito de Cartagena, desde el 06 de enero de 2021, hasta el 31 de diciembre de 2021, el segundo y último viernes de cada mes, la circulación de vehículos tipo motocicleta de cualquier modalidad y cilindraje, incluyendo las cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas de pedaleo asistido con motor, en el horario comprendido entre las 00:00 horas hasta las 24:00 horas.

 

Desde el 06 de enero de 2021, hasta el 31 de diciembre de 2021, queda prohibido el ingreso y circulación de vehículos tipo motocicleta de cualquier modalidad y cilindraje, incluyendo las cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas de pedaleo asistido con motor, en el centro amurallado de la ciudad, incluyendo el barrio Getsemaní.

 

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