Opinion

Fecha de publicación: Miercoles, 25 de Septiembre de 2024 Hora: 09:28:35

Multimedia

 

 

LA PRESENTE COLUMNA NO REFLEJA EL PENSAMIENTO GENERAL DE ESTE PORTAL DE NOTICIAS,  SON CONCEPTOS NETAMENTE PERSONALES DEL ESCRITOR

 

Por HUMBERTO MERCADO MEZA – Especialista en Derecho Penal- Magister en Ciencias Políticas, Paz  y Reintegración

 

 

Actualmente el legislativo se encuentra saturado, me refiero al Congreso de la República, el ambiente se encuentra cargado gracias al Gobierno del presidente Gustavo Petro, que no solo tiene a la gente metida en la reforma laboral, la ley de financiación y la presentación de la nueva reforma a la salud, ahora le suma otra reforma más: una nueva reforma política.

 

El proyecto que fue radicado el pasado martes 24 de septiembre por el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo y revisado el texto del proyecto, la piedra angular del mismo es generar cambios sustanciales y estructurales en el Consejo Nacional Electoral (CNE) y los mecanismos que rigen el funcionamiento y actuación de los partidos políticos.

 

En ese sentido, el proyecto de ley tiene la firme intención de fortalecer la organización de los partidos, así como las condiciones para que estos mantengan su personería jurídica, que es el requisito para que puedan participar en las distintas elecciones a Congreso, asambleas departamentales, concejos municipales y juntas administradoras locales.

 

Con este proyecto de reforma, se pretende, además de los requisitos que ya existen, agregar otro requisito para que dichos partidos políticos mantengan la personería, el cual es tener una base de afiliados o militantes de ese partido que sea de al menos el 0,2 % del censo electoral, es decir, cantidad de personas habilitadas para votar.

 

Ese porcentaje corresponde según el censo de 2023, a 77.810 personas.

(Fuente DANE), explicado de otra forma, para que un partido político pueda mantener su personería si la ley estuviera vigente en este momento, debería tener una base de afiliados demostrables y certificables de 77.810 personas, esto, aunado al requisito actual que señala que las colectividades obtengan mínimo el 3 % de la votación para las elecciones a las que presenten candidatos.

 

Por otro lado, la propuesta del gobierno con esta reforma, pone de manifiesto la obligatoriedad de las listas cerradas para las elecciones pluripersonales, que son en las que se presentan varios candidatos por partido para ocupar asientos en corporaciones como el Congreso de la República.

 

Estas listas cerradas son un componente electoral mediante el cual los partidos presentan una lista de candidatos en un orden establecido por el mismo partido para que los ciudadanos pueden votar, pero no por una persona en específico, sino por la colectividad en conjunto; Es el llamado voto no preferente, porque no prefiere a nadie, solo se vota por una colectividad (partido o movimiento político), sin conocer siquiera las doctrinas del mismo.

 

Frente a los cambios estructurales de los que hablaba, el proyecto de reforma política, pone sobre la mesa un cambio institucional en el Consejo Nacional Electoral el cual consiste en que los magistrados que la integran (nueve), -sin nombrar a la curul de la FARC nacido de los acuerdos de la Habana-, sean elegidos para periodos de seis años y no de cuatro, como es actualmente.

 

También serían escogidos mediante un concurso de méritos público organizado por la rama judicial y deje de ser como hoy en día, que se trata de una elección netamente política y conveniente que hace el Congreso de unos candidatos que proponen los partidos políticos.

 

Lo que se quiere es que los candidatos a magistrados sean propuestos por las cortes (Corte Constitucional, el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia), cada una pondría tres miembros.

 

Estos elegibles para ser magistrados del CNE tendrían como condiciones que, para ser candidatos, no hayan sido directivos de algún partido o movimiento político en los siete años previos a la postulación ni que hayan sido electos para un cargo de elección popular en el mismo tiempo.

 

Sumado a lo antes dicho, debe haber nacido en Colombia y tener experiencia mínima de 15 años como abogado o como profesional en asuntos electorales, cuestión que actualmente no es así.

 

De igual forma, la prohibición de que en los dos años siguientes de terminar su periodo como magistrados sean nombrados ministros o directores de departamentos administrativos.

 

Finalmente, el CNE tendría cinco funciones nuevas las de (i) Revisar actuaciones de la Registraduría Nacional del Estado Civil para el desarrollo de elecciones, (ii) Hacer depuración del censo electoral, (iii) Realizar la inscripción de candidaturas a cargos de elección popular (iv) fijar el monto máximo de gastos en las campañas electorales, (v) Distribuir los aportes estatales para su financiamiento, (vi) Colaborar con otras entidades en la investigación administrativa y penal sobre el control de financiación de campañas y, (vii) Dirigir la realización de los escrutinios.

 

.

  • Patrocinador
  • Compartir :


¿Quieres aparecer en la publicidad!?

patrocinadores