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El Concejo Distrital de Cartagena, tuvo una fructífera y positiva actividad durante los dos periodos de sesiones ordinarias y un periodo de extras, al estudiar y aprobar un total de quince (15) Proyectos de Acuerdos Distritales aprobados y sancionados por el Alcalde Mayor para la Vigencia 2024:
PRIMER PERIODO ORDINARIO
1.- Acuerdo No.
136 - 2024: Facultades extraordinarias y protempore para crear el Instituto de Acción Comunal y la Secretaría de Turismo.
2.- Acuerdo No.
137 - 2024: Crédito público alcantarillado de Bayunca y Pontezuela.
60 mil millones.
3.- Acuerdo No.
138 - 2024: Incorporación de recursos $597 mil millones.
PRIMERAS EXTRAORDINARIAS:
4.- Acuerdo No.
139 - 2024: Plan de Desarrollo Distrital: Cartagena Ciudad de Derechos.
5.- Acuerdo No.
140 - 2024: Vigencias futuras para la recepción de bienes y servicios 2025.
SEGUNDO PERIODO ORDINARIO:
6- Acuerdo No.
141 - 2024: Plan piloto de coches eléctricos.
7.- Acuerdo No.
142 - 2024: Incorporación Contraloría Distrital $1.212 millones.
8.- Acuerdo No.
143 - 2024: Beneficios tributarios.
9.- Acuerdo No.
144 - 2024: Traslado e incorporación $101 mil millones.
10.- Acuerdo No.
145 - 2024: Corredores Universitarios seguros.
11.- Acuerdo No.
146 - 2024: Cesión de bienes titulables.
12.- Acuerdo No.
147 – 2024: Crédito Público: 1 Billón 500 mil pesos.
13.- Acuerdo No.
148 – 2024: Cambio de nombre del Fondo Bicentenario.
14.- Acuerdo No.
149 – 2024: Lineamientos Política Pública de Plurilingüismo.
15.- Acuerdo No.
150 – 2024: Nuevo Estatuto de la Contribución de Valorización.
PROXIMAS SESIONES
Del martes 1 de octubre al sábado 30 de noviembre, se desarrollará el tercer y último periodo de sesiones ordinarias del Concejo Distrital, donde habrá temas importantes a tratar como la discusión y estudio del Proyecto de Presupuesto Rentas y Gastos para la vigencia fiscal del año 2025, y que deberá ser presentado por el gobierno distrital la primera semana de octubre.
De la misma manera en este tercer y periodo de sesiones de sesiones ordinarias, también se escogerá la nueva Mesa directiva de la corporación para el próximo año, de acuerdo a las postulaciones que se hagan por parte de los Concejales
En el Capítulo 1 ARTÍCULO 18: DIGNATARIOS, se define que La elección de los dignatarios para el segundo, tercero y cuarto año de sesiones, se llevará a cabo durante las sesiones ordinarias del tercer periodo de sesiones y la posesión ante la Corporación se dará en la misma fecha o en una sesión ordinaria o extraordinaria posterior a la elección; en su defecto los juramentará el Presidente saliente o el Alcalde.
En todos los casos, las funciones de la Mesa Directiva se empiezan a ejercer a partir del uno (1º) de enero del año siguiente al de la elección, y no podrán ser reelegidos en forma inmediata a otro periodo.
En el Capítulo Segundo ARTÍCULO 22 del reglamento interno del Concejo, se determina que el Concejo elegirá un Secretario para un período de un año, cada año, reelegible a criterio de la Corporación, el cual coadyuvará al cumplimiento de la misión de la Corporación, siguiendo las instrucciones de la Mesa Directiva
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