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Fecha de publicación: Lunes, 12 de Marzo de 2018 Hora: 08:34:46

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Mediante sentencia 006/03/2018 el Tribunal Administrativo de Bolívar, ordenó a la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior y a la compañía de Puertos Asociados-COMPAS S.A.

abstenerse de ejecutar las obras de ampliación del terminar marítimo portuario COMPAS S.A.

hasta tanto el ministerio realice una visita de verificación a través que establezca el número exacto de asentamientos afro-descendientes, ubicados en la zona de influencia del proyecto de ampliación de ese terminal. Como es de conocimiento de la opinión pública, el pasado 25 de enero del presente año, el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Cartagena, en fallo de tutela, negó el amparo de los derechos a la consulta previa que solicitaban los Consejos Comunitarios de Tierra Bomba, Punta Arena, Bocachica y Caño del Oro, ubicados en el área de influencia del proyecto de ampliación del terminal marítimo de COMPAS S.A. Wilman Herrera Imitola, abogado y miembro del Consejo Comunitario de Caño del Oro destacó que la ampliación de un terminal marítimo implica rellenar 4.8 hectáreas de aguas de la bahía y ampliar el muelle a mas de 120 metros, no solo afecta a las comunidades insulares; sino también a barrios de pescadores de Cartagena del Barrio Chino, El Zapatero, Ceballos y del Mercado de Bazurto, entre otras comunidades deben ser tenidas en cuenta para ser consultadas; toda vez, que aquí se da un desplazamiento. El magistrado ponente de esta sentencia, es Luís Miguel Villalobos Álvarez, quien ha solicitado al ministerio del Interior, a través de su Dirección de Consulta Previa, la visita de verificación sobre la existencia de comunidades negras en la zona de influencia y en caso de comprobarlo así, ordenar la realización de Consultas Previas en estas comunidades. .

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